Autorización de Trabajo para Titulares de Permanencia Transitoria
¿A quién está dirigida la prórroga?
Los titulares de Permanencia Transitoria como caso excepcional, podrás solicitar al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) una autorización para realizar actividades específicas y esporádicas como personal de espectáculos públicos, deportivos, conferencista, asesor o técnico experto, por los cuales recibirás remuneraciones o utilidades económicas en Chile o el extranjero.
Esta autorización está sujeta al pago de derechos, excepto en aquellos casos tipificados en el artículo 51 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería.